Reglamento de la Ley sobre Modalidades Formativas Laborales
SEGUNDA.-
En cumplimiento del artículo 32º de la Ley, el MTPE coordinará con la SUNAT, las acciones a seguir para la verificación de la información referida a la situación de desempleo del beneficiario.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.