Reglamento de la Ley sobre Modalidades Formativas Laborales

TERCERA.-

El MTPE coordinará con ESSALUD la implementación, instalación y desarrollo de un programa especial que cubra, como mínimo, los riesgos de enfermedad y accidentes de los beneficiarios que realicen actividades formativas laborales.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.