Reglamento de la Ley sobre Modalidades Formativas Laborales

ARTÍCULO 49º.- DE LA PRESENTACIÓN DE LOS PLANES Y PROGRAMAS

La presentación de los Planes y Programas correspondientes a cada modalidad formativa laboral es un requisito indispensable para la suscripción y registro del convenio respectivo.

Concordancias

Ley N.° 28518 (24.05.05), Art. 8°, 18°, 19° y 34°

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.