Reglamento de la Ley sobre Modalidades Formativas Laborales
ARTÍCULO 14º.- DE LOS PROGRAMAS DE INTERCAMBIO EN EDUCACIÓN SUPERIOR
Cuando el beneficiario, nacional o extranjero, participe en programas de intercambio u otros similares y desee realizar prácticas profesionales, el CFP que lo acoge será el encargado de otorgar la carta de presentación.
Concordancias
Ley N.° 28518 (24.05.05), Art. 13°
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.