Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo
ARTÍCULO 43º.- INFRACCIONES MUY GRAVES EN MATERIA DE CONTRATACIÓN DE TRABAJADORES EXTRANJEROS
Son infracciones muy graves, los siguientes incumplimientos:
43.1 Ocupar o contratar trabajadores extranjeros sin haber obtenido previamente la autorización administrativa correspondiente.
43.2 La presentación a la Autoridad competente de información o documentación falsa para la exoneración de los límites a la contratación de trabajadores extranjeros.
43.3 La contratación fraudulenta de trabajadores extranjeros.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.