Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo

ARTÍCULO 43º.- INFRACCIONES MUY GRAVES EN MATERIA DE CONTRATACIÓN DE TRABAJADORES EXTRANJEROS

Son infracciones muy graves, los siguientes incumplimientos:

43.1 Ocupar o contratar trabajadores extranjeros sin haber obtenido previamente la autorización administrativa correspondiente.

43.2 La presentación a la Autoridad competente de información o documentación falsa para la exoneración de los límites a la contratación de trabajadores extranjeros.

43.3 La contratación fraudulenta de trabajadores extranjeros.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.