Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo
ARTÍCULO 42º.- INFRACCIONES GRAVES EN MATERIA DE CONTRATACIÓN DE TRABAJADORES EXTRANJEROS
Son infracciones graves, los siguientes incumplimientos:
42.1 No formalizar por escrito los contratos de trabajo celebrados con trabajadores extranjeros, con los requisitos previstos.
42.2 No cumplir con los límites a la contratación de trabajadores extranjeros, cuando corresponda.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.