Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo
ARTÍCULO 41º.- INFRACCIONES LEVES EN MATERIA DE CONTRATACIÓN DE TRABAJADORES EXTRANJEROS
Son infracciones leves, los siguientes incumplimientos:
41.1 Los incumplimientos que afecten a obligaciones meramente formales o documentales, en materia de contratación de trabajadores extranjeros, siempre que no estén tipificados como infracciones graves.
41.2 No entregar al trabajador extranjero, en los plazos y con los requisitos previstos, copia de su contrato de trabajo autorizado por la autoridad competente.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.