Reglamento de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo
Décimo Quinta.-
Lo dispuesto en la Sexta Disposición Transitoria del Decreto, no es aplicable a los Certificados Únicos de Compensación Tributaria regulados por los Decretos Supremos N.º 308-85-EF y N.º 100-92-EF y emitidos a favor de las empresas comprendidas en el Decreto Ley N.º 26099 y el Decreto Supremo N.º 093-93-PCM.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.