Reglamento de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo
Décimo Cuarta.-
Los sujetos que celebren contrato de construcción, así como aquellos que realicen la mencionada actividad, no se encuentran obligados a presentar a la SUNAT, la correspondiente Declaratoria de Fábrica antes de su inscripción en el Registro de Propiedad Inmueble.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.