Reglamento de la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad
Décima Quinta.- Financiamiento de las disposiciones del Reglamento
La aplicación de lo establecido en el presente Reglamento se financia con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, en el marco de las Leyes Anuales de Presupuesto y conforme a la normativa vigente.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.