Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Fomento del Empleo
SÉPTIMA.-
El Ministerio de Trabajo y Promoción Social podrá dictar disposiciones complementarias para la mejor aplicación del presente Reglamento.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.