Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Fomento del Empleo

SÉPTIMA.-

El Ministerio de Trabajo y Promoción Social podrá dictar disposiciones complementarias para la mejor aplicación del presente Reglamento.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.