Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Fomento del Empleo
PROGRAMAS DE CAPACITACIÓNARTÍCULO 88º.-
El trabajador está obligado a participar en los Programas de Capacitación que dentro de la jornada de trabajo lleve a cabo el empleador, en aplicación del Artículo 118° de la Ley.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.