Reglamento de la Ley para la Contratación de Trabajadores Extranjeros

ARTÍCULO 12º.-

ELa solicitud de aprobación de los contratos de trabajo de personal extranjero debe acompañar lo siguiente:

(i) Contrato de trabajo por escrito, preferentemente según modelo;

(ii) Declaración Jurada, preferentemente según modelo, donde se señala que la contratación de extranjero cumple las condiciones establecidas por la Ley y cuenta con la capacitación o experiencia laboral requerida por la misma; y,

(iii) Comprobante de pago del derecho correspondiente a la Autoridad Administrativa de Trabajo.

Articulo modificado por el artículo 2 del D.S. N.° 008-2018-TR (13.09.18)- Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley de Contratación de Trabajadores Extranjeros, aprobado por Decreto Supremo N.° 014-92-TR

Concordancias

D. Leg. N.° 689 (05.11.91), Arts. 7° y 8°

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.