Establecen Disposiciones para la aplicación de las Leyes N.° 27626 y 27696, que regulan la actividad de las empresas especiales de servicios y de las cooperativas de trabajadores
ARTÍCULO 10º.- PUBLICIDAD EN EL PORTAL INSTITUCIONAL DEL MINISTERIO
La Dirección General de Trabajo publica en el portal institucional del Ministerio, con periodicidad trimestral, la relación de las entidades inscritas en el Registro, así como la relación de las entidades cuyo Registro haya sido cancelado o hubiera caducado, conforme a la información que proporcione la Dirección de Empleo y Formación Profesional o dependencia que haga sus veces en las Direcciones Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo.”
Artículo modificado por el Artículo 1 del Decreto Supremo N° 004-2019-TR(publicado el 05 .05.2019)
Concordancias
Ley N.° 27626 (09.01.02), Art. 21°
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.