Reglamento del Decreto Legislativo N° 1257 que establece el Fraccionamiento Especial de Deudas Tributarias y otros ingresos administrados por la Sunat

ARTÍCULO 6º.- ACTUALIZACIÓN DE LA DEUDA

6.1. La deuda materia del FRAES es actualizada con la TIM y/o con el IPC de acuerdo a las disposiciones legales de la materia, según corresponda, hasta la fecha de aprobación de la solicitud de acogimiento al FRAES, considerando la imputación de los pagos parciales realizados hasta dicha fecha.

6.2. Para efectos de la actualización de la deuda materia del FRAES, se tiene en cuenta los pagos parciales, los que se imputan conforme con lo dispuesto en el artículo 31 del Código Tributario.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.