Aprueban Reglamento de la Ley de Democratización del Libro y de Fomento de la Lectura

ARTÍCULO 3º.- PRINCIPIO DE ROGACIÓN

El registro de cada Proyecto Editorial se extenderá a solicitud del editor que pretenda gozar de los beneficios establecidos en la Ley.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.