Aprueban Reglamento de la Ley de Democratización del Libro y de Fomento de la Lectura
ARTÍCULO 16º.- COMISIONES CONSULTIVAS REGIONALES Y LOCALES
Con el fin de lograr una participación activa de la población y atendiendo al proceso de descentralización, PROMOLIBRO promoverá la creación de comisiones consultivas regionales y locales de democratización del libro y fomento de la lectura, al interior de los gobiernos regionales y locales; y bajo la dirección técnica del Ministerio de Educación, para la elaboración y ejecución de los planes y programas del Plan Nacional, acorde con las características y posibilidades regionales y locales. Dichas comisiones, en la medida de lo posible, tendrán una conformación similar a la de PROMOLIBRO.
Los gastos que demanden la constitución y desarrollo de funciones de las comisiones consultivas se atenderán con cargo al Presupuesto Institucional de los respectivos pliegos involucrados, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.