Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N.º 31335, Ley de Perfeccionamiento de la Asociatividad de los Productores Agrarios en Cooperativas Agrarias
ARTÍCULO 44º.- DECLARACIÓN DEL IMPUESTO A LA RENTA RETENIDO A LOS/AS SOCIOS/AS PRODUCTORES/ AS AGRARIOS/AS
44.1 La cooperativa agraria de usuarios o cooperativa comunal debe presentar una declaración jurada mensual en la que declara y paga las retenciones del impuesto a la renta que le corresponda efectuar en la forma, plazo y condiciones que establezca la SUNAT, mediante resolución de superintendencia.
44.2 La declaración y pago se realiza de acuerdo con el cronograma aprobado por la SUNAT, mediante resolución de superintendencia para el cumplimiento de las obligaciones tributarias de periodicidad mensual.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.