Reglamento de Comprobantes de Pago

Segunda.-

Manténgase la vigencia de los siguientes formularios:

a) Formulario N.º 804: “Registro de Imprentas”

b) Formulario N.º 806: “Autorización de Impresión”

c) Formulario N.º 809: “Máquinas Registradoras”

d) Formulario N.º 825: “Declaración de Baja y Cancelación”

Los sujetos del Régimen Único Simplificado que soliciten autorización de impresión o importación de boletas de venta o declarar información sobre máquinas registradoras, emplearon los formularios Nos. 806 y 809, respectivamente.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.