Aprueban el Reglamento de la Carrera Administrativa

Segunda.-

La ubicación inicial de los servidores públicos en actual servicio en los niveles de carrera se determina por norma específica. La progresión posterior en la carrera se efectuará de acuerdo con lo dispuesto en el presente reglamento. Es nulo de pleno derecho todo acto administrativo que se apruebe contraviniendo esta disposición.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.