Aprueban el Reglamento de la Carrera Administrativa
ARTÍCULO 49º.-
Cumplidos los dos requisitos fundamentales: tiempo mínimo de permanencia en el nivel y capacitación requerida, el servidor queda habilitado para intervenir en el concurso de ascenso, en el que se valorarán los siguientes factores:
a) Estudios de formación general;
b) Méritos individuales; y
c) Desempeño laboral.
El procedimiento a seguir está contenido en la norma que emitirá el INAP oportunamente.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.