Aprueban el Reglamento de la Carrera Administrativa

ARTÍCULO 49º.-

Cumplidos los dos requisitos fundamentales: tiempo mínimo de permanencia en el nivel y capacitación requerida, el servidor queda habilitado para intervenir en el concurso de ascenso, en el que se valorarán los siguientes factores:

a) Estudios de formación general;

b) Méritos individuales; y

c) Desempeño laboral.

El procedimiento a seguir está contenido en la norma que emitirá el INAP oportunamente.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.