Aprueban el Reglamento de la Carrera Administrativa
ARTÍCULO 182º.-
El término de la Carrera Administrativa de acuerdo a Ley se produce por:
a) Fallecimiento;
b) Renuncia;
c) Cese definitivo; y
d) Destitución.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.