Aprueban el Reglamento de la Carrera Administrativa

ARTÍCULO 182º.-

El término de la Carrera Administrativa de acuerdo a Ley se produce por:

a) Fallecimiento;

b) Renuncia;

c) Cese definitivo; y

d) Destitución.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.