Crean el Sistema de Llevado del Registro de Ventas e Ingresos y de Compras de Manera Electrónica en SUNAT Operaciones en Línea
Tercera.-Cambio del sistema de llevado de libros y registros electrónicos al sistema de llevado en SUNAT operaciones en línea
El sujeto afiliado al Sistema de llevado de Libros y Registros Electrónicos, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 286-2009-SUNAT y normas modificatorias, podrá cambiar el llevado de los Registros de Ventas e Ingresos y de Compras al sistema aprobado mediante la presente resolución de superintendencia (SLE-PORTAL), para lo cual deberá generar en este sistema el Registro de Ventas e Ingresos y el Registro de Compras.
En caso existieran periodos anteriores a aquél respecto del cual se decide realizar el cambio en los cuales no se hubiera efectuado la anotación de las operaciones, los mismos podrán regularizarse en el SLE-PORTAL. Dicha regularización solo operará respecto del periodo enero 2014 en adelante.
Producido el cambio del llevado de los Registros Electrónicos al SLE-PLE, dicho llevado se regirá por las disposiciones que regulen el mencionado sistema.
Artículo sustituido por la Primera Disposición Complementaria Modificatoria de la Resolución N° 379-2013-SUNAT, (29.12.13), vigente a partir del 01.05.14.
Conforme con el Artículo Único de la R.S. N° 279-2013-SUNAT, (10.09.13), se suspende hasta el 31.01.14 la aplicación de lo dispuesto en la presente Disposición. Asimismo, en tanto dure la suspensión temporal indicada, también se suspenderá la aplicación de lo dispuesto en el inciso a) del artículo 5º de la citada resolución, en el extremo referido al llevado de los Registros de Ventas e Ingresos y de Compras de manera electrónica en el Sistema de llevado de Libros y Registros Electrónicos (SLE - PLE), aprobado por la R.S. Nº 286-2009-SUNAT y normas modificatorias.
Disposición sustituida por el Numeral 2.3 de la Resolución N° 169-2015-SUNAT, (30.06.15).
Concordancias
R.S. N° 379-2013-SUNAT: Artículo 6º inciso b)
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.