Crean el Sistema de Llevado del Registro de Ventas e Ingresos y de Compras de Manera Electrónica en SUNAT Operaciones en Línea

Primera.- Modificación de la Resolucion De Superintendencia Nº 109-2000-SUNAT

Incorpórese como numeral 24 del artículo 2 de la Resolución de Superintendencia Nº 109-2000-SUNAT y normas modificatorias, el siguiente texto:

“Artículo 2.- Alcance

La presente resolución regula lo concerniente a la forma y condiciones en que los deudores tributarios podrán convertirse en usuarios de SUNAT Operaciones en Línea, a fin de poder realizar las siguientes operaciones:

(...)

24. Generar el Registro de Ventas e Ingresos Electrónico y el Registro de Compras Electrónico y anotar en los mismos las operaciones que realicen.”

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.