Reglamento del Régimen de Gradualidad aplicable a Infracciones del Código Tributario

ARTÍCULO 1º.-

Apruébase el Reglamento del Régimen de

Gradualidad para las infracciones establecidas en el Código Tributario, conformado por diecisiete (17) artículos, una (1) disposición complementaria transitoria, tres (3) disposiciones complementarias finales y siete (7) anexos, los que forman parte de la presente resolución.

El referido reglamento entrará en vigencia a partir del 1 de abril del 2007.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.