Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios

Quinta.-

Mediante decreto supremo refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, se aprobará el Reglamento del presente Decreto Legislativo, dentro de un plazo de sesenta (60) días calendario de su publicación.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.