Regulan la forma y condiciones para solicitar la devolución del Impuesto Selectivo al Consumo a que se refiere el Artículo 2 del Decreto de Urgencia N.º 012-2019
ARTÍCULO 9º.- DE LA RELACIÓN DE PROVEEDORES DE COMBUSTIBLE EXCLUIDOS
La SUNAT, hasta el día anterior al inicio de cada trimestre a que se refiere el artículo 6 del Reglamento, publica en SUNAT Virtual la relación de proveedores excluidos a que hace referencia el artículo 10 del Reglamento, la que está vigente por los trimestres siguientes mientras no se modifique.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.