Participación de los Trabajadores en Utilidades de las Empresas que desarrollan Actividades Generadoras de Rentas de Tercera Categoría

PRIMERA.-

Por Decreto Supremo se dictarán las normas reglamentarias que fueran necesarias para la mejor aplicación del presente Decreto Legislativo.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.