Establecen normas referidas a obligados a presentar declaraciones determinativas utilizando formularios virtuales generados por los Programas de Declaración Telemática (PDT)

ARTÍCULO 4º.- USO DEL PDT

Para el uso del PDT se deberá tener en cuenta lo siguiente:

4.1 Todo sujeto que hubiera adquirido o adquiera la obligación de presentar sus declaraciones determinativas utilizando los formularios virtuales generados por los PDT deberá seguir empleando este medio para generar sus declaraciones determinativas que presente a partir de dicha fecha, aun cuando ya no cumpla con alguna de las condiciones establecidas en el artículo 3.

4.2 Los formularios virtuales generados por los PDT podrán ser utilizados por aquellos sujetos que sin estar obligados a emplearlos opten por presentar cualquiera de sus declaraciones determinativas a través de dichos medios.- A partir de la fecha en que se opte por presentar las declaraciones determinativas mediante los formularios virtuales, las declaraciones determinativas que se presenten a la SUNAT deberán ser elaboradas utilizando este medio.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.