Nueva Ley Procesal del Trabajo
ARTÍCULO 60º.- SUSPENSIÓN EXTRAORDINARIA DE LA EJECUCIÓN
Tratándose de la ejecución de intereses o de monto liquidado en ejecución de sentencia, a solicitud de parte y previo depósito o carta fianza por el total ordenado, el juez puede suspender la ejecución en resolución fundamentada.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.