Nueva Ley Procesal del Trabajo

ARTÍCULO 59º.- EJECUCIÓN DE LAUDOS ARBITRALES FIRMES QUE RESUELVEN UN CONFLICTO JURÍDICO

Los laudos arbitrales firmes que hayan resuelto un conflicto jurídico de naturaleza laboral se ejecutan conforme a la norma general de arbitraje.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.