Aprueban Norma Técnica denominada “Normas complementarias para la aplicación y fiscalización del cumplimiento de la cuota de empleo para personas con discapacidad aplicable a los empleadores privados”
ARTÍCULO 7º.- BASE DE CÁLCULO Y CÓMPUTO DE LA PROPORCIÓN
7.1. El número de trabajadores en el año de un empleador es la base de cálculo sobre la cual se aplica la cuota de empleo.
7.2. El número de trabajadores con discapacidad con que debe contar el empleador resulta de multiplicar la base de cálculo por 0.03.
7.3. Cuando el número de trabajadores con discapacidad resultante sea un número con más de un decimal, la cifra referida a las décimas se redondea a la inmediata superior si la cifra centesimal es igual o superior a 5 ≥ 0.05).
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.