NIIF 9 Instrumentos Financieros · Enfoque general
Párrafo 5.5.2
Una entidad aplicará los requerimientos de deterioro de valor para el reconocimiento y medición de una corrección de valor por pérdidas a activos financieros que se midan a valor razonable con cambios en otro resultado integral de acuerdo con el párrafo 4.1.2A. Sin embargo, la corrección de valor por pérdidas deberá reconocerse en otro resultado integral y no reducirá el importe en libros del activo financiero en el estado de situación financiera. [Referencia: párrafo FC5.119, Fundamentos de las Conclusiones y ejemplo 13, Ejemplos Ilustrativos]
[Enlace a los párrafos FC5.120 a FC5.124, Fundamentos de las Conclusiones para información sobre antecedentes de la incorporación de activos financieros que se miden a valor razonable con cambios en otro resultado integral en el alcance de los requerimientos de deterioro de valor]
Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.