NIIF 5 Activos no Corrientes Mantenidos para la Venta y Operaciones Discontinuadas · Alcance

Párrafo 5A

La clasificación, presentación, medicióny presentaciónlos requerimientos de esta NIIF aplicables a un activo no corriente (o grupo de activos para su disposición), que se clasifique como mantenido para la venta, se aplicarán también a un activo no corriente (o grupo de activos para su disposición) que se clasifique como mantenido para distribuir a los propietarios, cuando actúan como tales (mantenido para distribuir a los propietarios).

[Referencia: párrafos FC59 a FC65, Fundamentos de las Conclusiones, CINIIF 17]

Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.