NIIF 2 Pagos Basados en Acciones · Apéndice A Definiciones de términos

Definición: fecha de medición

La fecha en la que se mide, a efectos de esta NIIF, el valor razonable de los instrumentos de patrimonio concedidos. Para transacciones con los empleados y terceros que prestan servicios similares, la fecha de medición es la fecha de concesión. Para las transacciones con sujetos distintos de los empleados (y terceros que prestan servicios similares), la fecha de medición es aquélla en la que la entidad obtiene los bienes, o la contraparte presta los servicios.

[Referencia: párrafo GI5 a GI7, Guía de Implementación]

Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.