NIIF 17 Contratos de Seguro · Determinación del margen de servicio contractual o componente de pérdida de los grupos de contratos de seguro sin componentes de participación directa
Párrafo C14
En la medida en que el párrafo C8 lo permita, una entidad determinará el ajuste del riesgo por riesgo no financiero en la fecha del reconocimiento inicial de un grupo de contratos de seguro (o posteriormente) ajustando el ajuste del riesgo para el riesgo no financiero en la fecha de transición mediante la cesión esperada del riesgo antes de la fecha de transición. La cesión esperada del riesgo se determinará por referencia a la cesión del riesgo para contratos de seguro similares que la entidad emita en la fecha de transición.
Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.