NIIF 17 Contratos de Seguro · Determinación del margen de servicio contractual o componente de pérdida de los grupos de contratos de seguro sin componentes de participación directa
Párrafo C14A
Al aplicar el párrafo B137, una entidad puede optar por no cambiar el tratamiento de las estimaciones contables realizadas en los estados financieros intermedios anteriores. En la medida en que lo permita el párrafo C8, una entidad determinará el margen de servicio contractual o componente de pérdida en la fecha de transición como si no hubiera preparado estados financieros intermedios antes de la fecha de transición.[Referencia: párrafo FC236D, Fundamentos de las Conclusiones]
Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.