NIIF 1 Adopción por Primera Vez de las Normas Internacionales de Información Financiera · Contabilidad de coberturas
Párrafo B5
Una entidad no reflejará en su estado de situación financiera de apertura según las NIIF una relación de cobertura de un tipo que no cumpla los requerimientos para la contabilidad de coberturas de acuerdo con la NIIF 9 (por ejemplo, muchas relaciones de cobertura en las que el instrumento de cobertura es una opción escrita independiente o una opción escrita neta; o en las que la partida cubierta es una posición neta en una cobertura de flujos de efectivo para un riesgo distinto del riesgo de cambio) (véase el párrafo 6.4.1(a) de la NIIF 9). Sin embargo, si una entidad designó una posición neta como partida cubierta de acuerdo con los PCGA anteriores, podrá designar como partida cubierta de acuerdo con las NIIF una partida individual dentro de esa posición neta, o una posición neta si cumple los requerimientos del párrafo 6.6.1 de la NIIF 9, siempre que lo haga no más tarde de la fecha de transición a las NIIF. [Referencia: párrafos B6.6.1 a B6.6.4, NIIF 9 y párrafos FC6.435 a FC6.437, Fundamentos de las Conclusiones, NIIF 9]
Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.