NIIF 1 Adopción por Primera Vez de las Normas Internacionales de Información Financiera · Contabilidad de coberturas
Párrafo B6
Si, antes de la fecha de transición a las NIIF, una entidad había designado una transacción como cobertura, pero la cobertura no cumple los criterios de calificación para la contabilidad de coberturas del párrafo 6.4.1(b) y (c) de la NIIF 9, la entidad aplicará los párrafos 6.5.6 y 6.5.7 de la NIIF 9 para discontinuar la contabilidad de coberturas. Las transacciones suscritas antes de la fecha de transición a las NIIF no se designarán retroactivamente como coberturas.
[Referencia: párrafos B6.5.22 a B6.5.28, NIIF 9 y párrafos FC6.314 a FC6.352, Fundamentos de las Conclusiones, NIIF 9]
Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.