NIC 39 Instrumentos Financieros: Reconocimiento y Medición · Finalización de la aplicación

Párrafo 102O

Una entidad dejará de aplicar prospectivamente los párrafos 102H y 102I en cuanto ocurra uno de los siguientes eventos:

(a) cuando los cambios requeridos por la reforma de la tasa de interés de referencia se realicen a la parte del riesgo especificado de forma no contractual aplicando el párrafo 102P; o

(b) cuando se discontinúe la relación de cobertura en la que se designa la parte del riesgo especificado de forma no contractual.

Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 001-2021-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.