ARTÍCULO 1º.-
Aprobar la modificación de los artículos 1 y 2 de la Resolución Ministerial Nº 279-2004-TR del 28 de octubre de 2004, en los siguientes términos:
“Artículo 1.- De las funciones de la Dirección de Migración Laboral de la Dirección General de Promoción del Empleo
La Dirección de Migración Laboral de la Dirección General de Promoción del Empleo promueve e implementa las acciones y compromisos asignados a la Oficina de Migración Laboral en la Decisión Nº 545 de la Comunidad Andina, Instrumento Andino de Migración Laboral. En tal sentido, le corresponde:
1) A dministrar el Sistema Virtual del Trabajador Migrante Andino.
2) Coordinar el apoyo técnico de los Gobiernos Regionales y Locales”.
“Artículo 2.- Del trabajador migrante andino
Trabajador migrante andino es el nacional de Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú que se traslada entre dichos países con fines laborales bajo relación de dependencia, sea en forma temporal o permanente”.
ARTÍCULO 2º.-
Aprobar la Directiva General Nº 001-2010-MTPE/3/17.3, denominada “Instructivo para la aplicación de la Decisión Nº 545, Instrumento Andino de Migración Laboral y Regulación del Sistema Virtual del Trabajador Migrante Andino”, así como también los Anexos Nºs. 01-A, 01-B, 01-C, 01-D, 2 y 3 que la conforman y forman parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 3º.-
Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial, la Directiva General Nº 001-2010-MTPE/3/17.3, denominada “Instructivo para la aplicación de la Decisión Nº 545, Instrumento Andino de Migración Laboral y Regulación del Sistema Virtual del Trabajador Migrante Andino” y los Anexos a que hace referencia el artículo precedente en el Portal del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo www.mintra.gob.pe, y en el Portal de Estado Peruano, www.peru.gob.pe; siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones
ARTÍCULO 4º.-
Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 009-2006-TR del 10 de enero de 2006, que aprueba la Directiva Nacional Nº 004-2005-MTPE/DVMT/DNRT, denominada “Instructivo para la aplicación de lo dispuesto en la Resolución Ministerial Nº 279-2004-TR y la Decisión Nº 545, Instrumento Andino de Migración Laboral”.
ARTÍCULO 5º.-
A efecto de difundir la implementación del Sistema Virtual del Trabajador Migrante Andino a las empresas, la presente Resolución Ministerial entrará en vigencia a partir de los quince (15) días de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Modificación del Instructivo para la aplicación de lo dispuesto en la Resolución Ministerial Nº 279-2004-TR y la Decisión Nº 545, Instrumento Andino de Migración Laboral y Regulación del Sistema Virtual del Trabajador Migrante AndinoDirectiva General Nº 001-2010-MTPE/3/17.3
Formulada por: Dirección de Migración Laboral de la Dirección General de Promoción del Empleo.
Fecha: 14 de diciembre del 2010.
I. OBJETIVO
Modificar los criterios establecidos por el Instructivo aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 009-2006-TR y regular el “Sistema Virtual del Trabajador Migrante Andino”.
II. FINALIDAD
Contar con un instrumento normativo que regule el uso del “Sistema Virtual del Trabajador Migrante Andino”, en el marco de lo dispuesto por la Decisión 545, Instrumento Andino de Migración Laboral.
III. BASE LEGAL
- Decisión Nº 545 de la Comunidad Andina de Naciones, “Instrumento Andino de Migración Laboral”, del 25 de junio del 2003.
- Ley Nº 29381, (16.06.09)Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, del 16 de junio del 2009.
- Decreto Supremo Nº 025-2010-PCM, “Decreto Supremo que modifica el numeral 10 del articulo 2 del Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM que define y establece las Politicas Nacionales de Obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional, del 13 de febrero del 2010.
- Decreto Supremo Nº 004-2010-TR, Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, del 21 de abril del 2010.
- Resolución Ministerial Nº 279-2004-TR, Dictan Disposiciones para el cumplimiento de la Decisión Nº 545, Instrumento Andino de Migración Laboral, del 31 de octubre del 2004.
- Resolución Ministerial Nº 009-2006-TR, Aprueba la Directiva Nacional “Instructivo para la aplicación de lo dispuesto en la R.M. Nº 279-2004-TR y la Decisión 545, Instrumento Andino de Migración Laboral”, del 12 de enero del 2006.
IV. ALCANCE
El presente Instrumento normativo es de cumplimiento obligatorio por parte de:
- La Dirección General de Promoción del Empleo.
- La Dirección de Migración Laboral de la Dirección General de Promoción del Empleo.
V. NORMAS
5.1 El Sistema Virtual del Trabajador Migrante Andino tiene como objetivo facilitar la emisión automática y segura de la Constancia del Trabajador Migrante Andino, a través de la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo del Perú, de conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Decisión 545, Instrumento Andino de Migración Laboral.
5.2 El procedimiento para la emisión de la Constancia del Trabajador Migrante Andino, se sujeta a las normas de fiscalización posterior.
VI. MECANICA OPERATIVA
6.1. Para la emisión de la “Constancia del Trabajador Migrante Andino”, el empleador del trabajador migrante andino deberá acceder al “Sistema Virtual del Trabajador Migrante Andino” a través de la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), mediante el uso de su clave sol y considerando los siguientes pasos:
a) Una vez ingresada la clave sol, el empleador ingresará los datos del Trabajador Migrante Andino y de su empresa y del contrato de trabajo, según lo previsto en el Anexo Nº 02 de ésta Directiva. El ingreso al Sistema Virtual del Trabajador Migrante Andino se realizará en un plazo no mayor a 15 días de firmado el contrato
b) Luego el empleador anexará vía web, a través del Sistema Virtual del Trabajador Migrante Andino, ambos documentos digitalizados en un mismo archivo de formato PDF, según el siguiente detalle: (i) Copia del contrato de trabajo, según el Anexo Nº 01 que forma parte de esta Directiva y (ii) la Copia del pasaporte o Copia de la cédula de identificación del trabajador migrante andino.
c) Enviada la información consignada en el párrafo anterior, el empleador grabará los datos y podrá imprimir la “Constancia del Trabajador Migrante Andino”, según el Anexo Nº 03 que es parte de la presente Directiva
d) El empleador o trabajador migrante andino podrá realizar las consultas sobre la emisión de Constancias a través del Sistema Virtual del Trabajador Migrante Andino, ingresando el número de pasaporte o el número de cédula de identificación.
e) Las solicitudes que ingresen al Sistema Virtual del Trabajador Migrante Andino se sujetarán a las disposiciones contenidas en las normas de Fiscalización Posterior, en caso de fraude o falsedad de la información presentada para la emisión de la “Constancia del Trabajador Migrante Andino”.
6.2 El Sistema Virtual del Trabajador Migrante Andino, con la emisión de la Constancia, remitirá de manera automática a los correos electrónicos de la empresa y del trabajador migrante andino que se consigne en el Formato del Sistema Virtual del Trabajador Migrante Andino una copia digital de dicha Constancia y del Contrato de Trabajo del Trabajador Migrante Andino.
6.3 Con la emisión de la constancia, el trabajador migrante andino se considerará registrado para los efectos de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 9 de la Decisión Nº 545, Instrumento Andino de Migración Laboral.
6.4 Las Constancias del Trabajador Migrante Andino serán emitidas a plazo indefinido si la contratación del trabajador migrante andino se emite a plazo indeterminado. Para el caso de las contrataciones a plazo fijo, la vigencia de la Constancia del Trabajador Migrante Andino corresponde al plazo establecido en el contrato. En este caso, caduca la Constancia original y se emitirá una nueva Constancia, en caso que hubiera un nuevo contrato o se diera la renovación del mismo.
6 5 Emitida la Constancia, el Sistema Virtual del Trabajador Migrante Andino remitirá la alerta de dicha emisión mediante correo electrónico a la Dirección de Migración Laboral de la Dirección General de Promoción del Empleo.
6.6 La Fiscalización Posterior se realizará de acuerdo a lo dispuesto en la Directiva General Nº 006-2008-MTPE/4 aprobada mediante Resolución del Secretario General Nº 057-2008/TR/ SG, modificada mediante Resolución del Secretario General Nº 145-2009/TR/SG y Resolución del Secretario General Nº 007-2010/TR/SG .
6.7 La Dirección de Migración Laboral de la Dirección General de Promoción del Empleo coordinará con las Direcciones de Inspección del Trabajo de las Direcciones Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo para que se supervise la situación laboral del trabajador migrante andino, en lo referente a condiciones de trabajo y cumplimiento de normas laborales por parte de los empleadores.
6.8 Los trabajadores migrantes andinos deben tener un trato igual que un trabajador nacional, debiendo por tanto sujetarse a la normatividad laboral vigente aplicable a nuestros nacionales, sin que esto implique un trato mejor o más privilegiado que el de un nacional, por lo tanto, el contrato con un trabajador migrante andino debe cumplir con los requisitos previstos por la legislación laboral peruana, de acuerdo a la naturaleza del contrato y según el formato establecido en el Anexo Nº 01 de la presente directiva.
6.9 La Dirección de Migración Laboral de la Dirección General de Promoción del Empleo realizará las evaluaciones y análisis trimestrales respectivos sobre la presencia del trabajador migrante andino en el mercado de trabajo y el cumplimiento de sus derechos, reportando a la Dirección General de Promoción del Empleo.
6.10 La Dirección de Migración Laboral para cumplir con lo dispuesto en la presente Directiva, podrá utilizar herramientas y bases de datos del MTPE y de otras entidades nacionales o internacionales, de acuerdo a los convenios y acuerdos que se establezcan.
VII. RESPONSABILIDAD
7.1 El Sistema Virtual del Trabajador Migrante Andino se encuentra a cargo de la Oficina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones.
7.2 La Dirección de Migración Laboral de la Dirección General de Promoción del Empleo se encargará de administrar, difundir y capacitar sobre el uso del “Sistema Virtual del Trabajador Migrante Andino” a los empresarios que se acojan a la presente Directiva. A nivel regional y local, la difusión y capacitación se realizará en coordinación con los gobiernos regionales y locales.
7.3 La Dirección de Migración Laboral coordinará con las autoridades migratorias competentes la articulación progresiva entre la emisión de la Constancia del Trabajador Migrante Andino y la calidad migratoria correspondiente.
7.4 La Dirección de Migración Laboral de la Dirección General de Promoción del Empleo realizará las evaluaciones y análisis trimestrales respectivos sobre la presencia del trabajador migrante andino en el mercado de trabajo y el cumplimiento de sus derechos, reportando a la Dirección General de Promoción del Empleo.
VIII. DISPOSICIONES FINALES
8.1 Cualquier aspecto no previsto en la presente Directiva, será resuelto por la Dirección de Migración Laboral, la misma que elevará el Informe Técnico con el visto bueno de la Dirección General de Promoción del Empleo y del Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral para la publicación de la Resolución Ministerial respectiva.
8.2 Para la modificación a los anexos se seguirá el mismo procedimiento señalado en el punto 8.1
8.3 La supervisión del cumplimiento de los derechos sociolaborales del trabajador migrante andino, en tanto es tratado como un trabajador nacional, queda a cargo de la Dirección de Inspección del Trabajo de las Direcciones Regionales de Trabajo y, Promoción del Empleo y de la Dirección General de Inspección del Trabajo.
IX. DISPOSICIÓN TRANSITORIA
9.1 De acuerdo a lo regulado en la Segunda y Cuarta Disposición Transitoria de la Decisión Nº 545 la presente Directiva dejará de surtir efectos en cuanto entre en vigencia el respectivo Reglamento aprobado mediante Resolución de la Secretaría General de la Comunidad Andina.
X. ANEXOS
Forman parte integrante de la presente Directiva, los siguientes anexos:
a) Anexo Nº 01: En calidad de formatos mínimos
A: Modelo de Contrato de Trabajo para Trabajador Migrante Andino (Trabajador con desplazamiento individual).
B: Modelo de Contrato de Trabajo para Trabajador Migrante Andino (Trabajador de Empresa).
C: Modelo de Contrato de Trabajo para Trabajador Migrante Andino (Trabajador de Temporada).
D: Modelo de Contrato de Trabajo para Trabajador Migrante Andino (Trabajador Fronterizo).
b) Anexo Nº 02: Formato del Sistema Virtual del Trabajador Migrante Andino.
c) Anexo Nº 03: Constancia de Trabajador Migrante Andino.
ANEXO Nº 01 - A
MODELO DE CONTRATO DE TRABAJO PARA TRABAJADOR MIGRANTE ANDINO
(TRABAJADOR CON DESPLAZAMIENTO INDIVIDUAL)
CONTRATO DE TRABAJO MIGRANTE ANDINO
ARTICULO 4 inciso “A” de la Decisión Nº 545, Instrumento Andino de Migración Laboral
Conste por el presente documento el contrato de trabajo, que de acuerdo al artículo 4 inciso “ a “ de la Decisión Nº 545, Instrumento Andino de Migración Laboral, que celebran de una parte la empresa …………………… con Nº de RUC ………………………………., con domicilio en ……………………, Provincia Lima, Departamento de Lima, cuya constitución obra debidamente inscrita en la partida Nº ………… del Registro de Personas Jurídicas de Lima y Callao, empresa dedicada a la actividad de ………………………………., habiendo dado inicio a su actividad empresarial el …………………………….., debidamente representada por el Sr. y/o Sra. ……………………………….., con Nº de DNI Nº …………………….., según poder inscrito en la Partida Nº ………………………. de los Registros Públicos de Lima y Callao, a quien en adelante se le denominara el EMPLEADOR y de la otra parte don …………………………., identificado con Documento de identidad (Pasaporte y/o carné de extranjería) Nº ………………, de nacionalidad ……………………………, nacido el …………………, en la ciudad de ……………….., de sexo …………, de …… años de edad, estado civil ………………, de profesión, ………………………………, con domicilio en………………………………………………… a quien en adelante se le denominará el TRABAJADOR, en los términos y condiciones siguientes:
PRIMERA: DEL EMPLEADOR
EL EMPLEADOR es una empresa dedicada a la actividad económica descrita en la introducción del presente documento y requiere los servicios de un TRABAJADOR, para que se haga cargo del puesto de ……………………, conforme a lo establecido por el artículo (……..) del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728.
Queda entendido que el trabajador prestará servicios bajo la modalidad de trabajo establecido en el inciso “a” del artículo 4 de la Decisión Nº 545, “Trabajador con Desplazamiento Individual”, los cuales se desarrollaran en ………………………. del Distrito de (…………….…), Provincia (…………..….) y Departamento de (……………....).
SEGUNDA: DEL TRABAJADOR
Por el Presente contrato el TRABAJADOR se obliga a prestar sus servicios al EMPLEADOR para realizar las actividades de ………………., debiendo someterse al cumplimiento estricto de la labor, para lo cual ha sido contratado, bajo las directivas de la Junta General de Accionistas y del Directorio y de las que se imparten por las necesidades del servicio en ejercicio de las facultades de Administración y Dirección del EMPLEADOR, de conformidad con el Artículo 9 del Texto Único Ordenado de la Ley de Productividad y competitividad Laboral, D.S. Nº 003-97-TR., y declara estar calificado para el puesto ofrecido.
TERCERA: DE LOS SERVICIOS
Por medio del presente documento el EMPLEADOR contrata los servicios del TRABAJADOR que se llevara a cabo en el domicilio ……………………………………………………..
CUARTA: DE LA JORNADA
La jornada de trabajo será de ……………….., teniendo en cuenta un máximo de 48 horas semanales, conforme a la normativa laboral peruana vigente.
QUINTA: DE LA REMUNERACIÓN DEL TRABAJADOR
El EMPLEADOR se compromete a pagar al TRABAJADOR una remuneración mensual de …………….., así como los beneficios que por Ley le corresponda.
SEXTA: DEL RÉGIMEN LABORAL
EL TRABAJADOR, se encuentra sujeto al Régimen Laboral ………………………… (General o Especial) de la actividad privada y le son aplicables los derechos y beneficios previstos en la misma.
SETIMA: DE LA MODALIDAD CONTRACTUAL
El presente contrato será ……………………. (indicar si es indefinido o a plazo fijo en este último caso indicar el periodo de contratación).
OCTAVA: INICIO DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
Para efectos del inicio de la prestación de servicios se deberá contar con la aprobación del contrato de trabajo a través de la emisión de la Constancia del Trabajador Migrante Andino y la obtención de la calidad migratoria habilitante otorgada esta última por la Dirección General de Migraciones del Ministerio del Interior.
NOVENA: DE LA BUENA FE LABORAL
El TRABAJADOR se obliga por su parte en forma expresa a poner al servicio del EMPLEADOR toda su capacidad y conocimientos.
NOVENA: DE LA TRIBUTACIÓN
En materia de obligaciones tributarias el TRABAJADOR queda claramente instruido que esta sujeto a la legislación peruana. En consecuencia deberá cumplir con todas las obligaciones tributarias nacionales. El EMPLEADOR se compromete a efectuar las retenciones de ley que correspondan.
Suscrito y firmado en Lima, a los ……….. del mes de …………….. del año ………………..,
Se adjunta en 3 ejemplares el Contrato de un mismo tenor para constancia de las partes y de la autoridad de trabajo, a cuya aprobación será cometido.
________________________
EMPLEADOR
_______________________
TRABAJADOR
ANEXO Nº 01 - B
MODELO DE CONTRATO DE TRABAJO PARA TRABAJADOR MIGRANTE ANDINO
(TRABAJADOR DE EMPRESA)
CONTRATO DE TRABAJO MIGRANTE ANDINO
ARTICULO 4 inciso “B” de la Decisión Nº 545, Instrumento Andino de Migración Laboral
Conste por el presente documento el contrato de trabajo, que de acuerdo al articulo 4 inciso “ b “ de la Decisión Nº 545, Instrumento Andino de Migración Laboral, que celebran de una parte la empresa …….………………. con Nº de RUC ………………………………, con domicilio en ………………..……….., Provincia Lima, Departamento de Lima, cuya constitución obra debidamente inscrita en la partida Nº ………………….. del Registro de Personas Jurídicas de Lima y Callao, empresa dedicada a la actividad de ……………………….., habiendo dado inicio a su actividad empresarial el ………………………, debidamente representada por el Sr. y/o Sra. ……………………………., con Nº de DNI Nº ……………………, según poder inscrito en la Partida Nº …………… de los Registro Públicos de Lima y Callao, a quien en adelante se le denominara el EMPLEADOR y de la otra parte don …………………………., identificado con Documento de identidad (Pasaporte y/o carné de extranjería) Nº ……………………, de nacionalidad ……………………., nacido el …………………………, en la ciudad de …………………………, de sexo ……………, de …… años de edad, estado civil ………………, de profesión ........……............, con domicilio en ……………………………………….., a quien en adelante se le denominará el TRABAJADOR, en los términos y condiciones siguientes:
PRIMERA: DEL EMPLEADOR
EL EMPLEADOR es una empresa dedicada a la actividad económica descrita en la introducción del presente documento y requiere los servicios de un TRABAJADOR, para que se haga cargo del puesto de ……………………..., conforme a lo establecido por el artículo (…………) del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728, y considerando que el EMPLEADOR:
a) Se encuentra instado en el Perú (....), o
b) Tiene en curso legal un proyecto para establecerse (….), o
c) Realiza un proyecto especial en el Perú (....).
Queda entendido que el trabajador prestará servicios bajo la modalidad de trabajo establecido en el inciso “b” del artículo 4 de la Decisión Nº 545, “Trabajador de Empresa”, los cuales se desarrollaran en ………………… del Distrito de (……………..), Provincia (……………….) y Departamento de (………………..).
SEGUNDA: DEL TRABAJADOR
Por el Presente contrato el TRABAJADOR se obliga a prestar sus servicios al EMPLEADOR para realizar las actividades de ……………………………, debiendo someterse al cumplimiento estricto de la labor, para lo cual ha sido contratado, bajo las directivas de la Junta General de Accionistas y del Directorio y de las que se imparten por las necesidades del servicio en ejercicio de las facultades de Administración y Dirección del EMPLEADOR, de conformidad con el Artículo 9 del Texto Único Ordenado de la Ley de Productividad y competitividad Laboral, D.S. Nº 003-97-TR., y declara estar calificado para el puesto ofrecido.
TERCERA: DE LOS SERVICIOS
Por medio del presente documento el EMPLEADOR contrata los servicios del TRABAJADOR que se llevara a cabo en el domicilio ……………………………………………………..
CUARTA: DE LA JORNADA
La jornada de trabajo será de ……………, teniendo en cuenta un máximo de 48 horas semanales, conforme a la normativa laboral peruana vigente.
QUINTA: DE LA REMUNERACIÓN DEL TRABAJADOR
El EMPLEADOR se compromete a pagar al TRABAJADOR una remuneración mensual de …………, así como los beneficios que por Ley le corresponda.
SEXTA: DEL RÉGIMEN LABORAL
EL TRABAJADOR, se encuentra sujeto al Régimen Laboral ……………………… (General o Especial) de la actividad privada y le son aplicables los derechos y beneficios previstos en la misma.
SETIMA: DE LA MODALIDAD CONTRACTUAL
El presente contrato será ………… (indicar si es indefinido o a plazo fijo en este último caso indicar el periodo de contratación).
OCTAVA: INICIO DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
Para efectos del inicio de la prestación de servicios se deberá contar con la aprobación del contrato de trabajo a través de la emisión de la Constancia del Trabajador Migrante Andino y la obtención de la calidad migratoria habilitante otorgada esta última por la Dirección General de Migraciones del Ministerio del Interior.
NOVENA: DE LA BUENA FE LABORAL
El TRABAJADOR se obliga por su parte en forma expresa a poner al servicio del EMPLEADOR toda su capacidad y conocimientos.
NOVENA: DE LA TRIBUTACIÓN
En materia de obligaciones tributarias el TRABAJADOR queda claramente instruido que esta sujeto a la legislación peruana. En consecuencia, deberá cumplir con todas las obligaciones tributarias nacionales. El EMPLEADOR se compromete a efectuar las retenciones de ley que correspondan.
Suscrito y firmado en Lima, a los ……….. del mes de …………………. del año …….,
Se adjunta en 3 ejemplares el Contrato de un mismo tenor para constancia de las partes y de la autoridad de trabajo, a cuya aprobación será sometido.
________________________
EMPLEADOR
_______________________
TRABAJADOR
ANEXO Nº 01 - C
MODELO DE CONTRATO DE TRABAJO PARA TRABAJADOR MIGRANTE ANDINO
(TRABAJADOR DE TEMPORADA)
CONTRATO DE TRABAJO MIGRANTE ANDINO
ARTICULO 4 inciso “C” de la Decisión Nº 545, Instrumento Andino de Migración Laboral
Conste por el presente documento el contrato de trabajo, que de acuerdo al artículo 4 inciso “ c “ de la Decisión Nº 545, Instrumento Andino de Migración Laboral, que celebran de una parte la empresa …………………. con Nº de RUC ………………, con domicilio en ……….…………….., Provincia Lima, Departamento de Lima, cuya constitución obra debidamente inscrita en la partida Nº ………………….. del Registro de Personas Jurídicas de Lima y Callao, empresa dedicada a la actividad de ……………………….., habiendo dado inicio a su actividad empresarial el …………………………, debidamente representada por el Sr. y/o Sra. ……………………………., con Nº de DNI Nº……………………………, según poder inscrito en la Partida Nº …………… de los Registro Públicos de Lima y Callao, a quien en adelante se le denominara el EMPLEADOR y de la otra parte don …………………………., identificado con Documento de identidad (Pasaporte y/o carné de extranjería) Nº ……………………, de nacionalidad …………………., nacido el …………………………, en la ciudad de …………………………, de sexo …………………, de …… años de edad, estado civil ………………, de profesión ………., con domicilio en …………………………………….., a quien en adelante se le denominará el TRABAJADOR, en los términos y condiciones siguientes:
PRIMERA: DEL EMPLEADOR
EL EMPLEADOR es una empresa dedicada a la actividad económica descrita en la introducción del presente documento y requiere los servicios de un TRABAJADOR, para que se haga cargo del puesto de ……………….., conforme a lo establecido por el artículo (………..) del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728, y considerando que el TRABAJADOR ejecutará la labor cíclica o estacional de:
a) Labor de carácter agrario, entre otras las tareas de siembra, plantación, cultivo y cosecha de productos agrícolas (………..); o
b) Tareas relacionadas con los procesos temporales propios de la actividad pecuaria (………….), o
c) Tareas relacionadas con los procesos temporales propios de la actividad forestal realiza un proyecto especial en el Perú (…...), o
d) Otras actividades reguladas por el régimen de trabajadores agrarios, pecuarios y forestales cuya explotación sea de carácter cíclico o estacional (……….).
Queda entendido que el trabajador prestará servicios bajo la modalidad de trabajo establecido en el inciso “c” del artículo 4 de la Decisión Nº 545, “Trabajador de Temporada”, los cuales se desarrollaran en ...………….………. del Distrito de (………………….), Provincia (…………….…..) y Departamento de (…………………..).
SEGUNDA: DEL TRABAJADOR
Por el Presente contrato el TRABAJADOR se obliga a prestar sus servicios al EMPLEADOR para realizar las actividades de ………………………….., debiendo someterse al cumplimiento estricto de la labor, para lo cual ha sido contratado, bajo las directivas de la Junta General de Accionistas y del Directorio y de las que se imparten por las necesidades del servicio en ejercicio de las facultades de Administración y Dirección del EMPLEADOR, de conformidad con el Artículo 9 del Texto Único Ordenado de la Ley de Productividad y competitividad Laboral, D.S. Nº 003-97-TR., y declara estar calificado para el puesto ofrecido.
TERCERA: DE LOS SERVICIOS
Por medio del presente documento el EMPLEADOR contrata los servicios del TRABAJADOR que se llevara a cabo en el domicilio ………………………………………
CUARTA: DE LA JORNADA
La jornada de trabajo será de ……………, teniendo en cuenta un máximo de 48 horas semanales, conforme a la normativa laboral peruana vigente.
QUINTA: DE LA REMUNERACIÓN DEL TRABAJADOR
El EMPLEADOR se compromete a pagar al TRABAJADOR una remuneración mensual de …………, así como los beneficios que por Ley le corresponda.
SEXTA: DEL RÉGIMEN LABORAL
EL TRABAJADOR, se encuentra sujeto al Régimen Laboral ………………………. (General o Especial) de la actividad privada y le son aplicables los derechos y beneficios previstos en la misma.
SÉPTIMA: DE LA MODALIDAD CONTRACTUAL
El presente contrato será ………… (indicar si es indefinido o a plazo fijo en este último caso indicar el periodo de contratación).
OCTAVA: INICIO DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
Para efectos del inicio de la prestación de servicios se deberá contar con la aprobación del contrato de trabajo a través de la emisión de la Constancia del Trabajador Migrante Andino y la obtención de la calidad migratoria habilitante otorgada esta última por la Dirección General de Migraciones del Ministerio del Interior.
NOVENA: DE LAS CONDICIONES PARTICULARES AL TRABAJADOR DE TEMPORADA
De conformidad con lo previste en el tercer párrafo del artículo 7 de la Decisión Nº 545, en la presente contratación de trabajadores de temporada, se garantiza a los mismos: la provisión de alojamiento adecuado, el pago de los gastos de traslado por parte del empleador, la protección y facilidades que requieran para sus actividades laborales y, en especial, la libre movilidad para la entrada y salida a la iniciación y a la terminación de las labores que van a desarrollar.
DÉCIMA: DE LA BUENA FE LABORAL
El TRABAJADOR se obliga por su parte en forma expresa a poner al servicio del EMPLEADOR toda su capacidad y conocimientos.
DÉCIMO PRIMERA: DE LA TRIBUTACIÓN
En materia de obligaciones tributarias el TRABAJADOR queda claramente instruido que esta sujeto a la legislación peruana. En consecuencia, deberá cumplir con todas las obligaciones tributarias nacionales. El EMPLEADOR se compromete a efectuar las retenciones de ley que correspondan.
Suscrito y firmado en Lima, a los ………. del mes de ........................ del año ……….,
Se adjunta en 3 ejemplares el Contrato de un mismo tenor para constancia de las partes y de la autoridad de trabajo, a cuya aprobación será sometido.
________________________
EMPLEADOR
_______________________
TRABAJADOR
ANEXO Nº 01 - D
MODELO DE CONTRATO DE TRABAJO PARA TRABAJADOR MIGRANTE ANDINO
(TRABAJADOR FRONTERIZO)
CONTRATO DE TRABAJO MIGRANTE ANDINO
ARTICULO 4 inciso “D” de la Decisión Nº 545, Instrumento Andino de Migración Laboral
Conste por el presente documento el contrato de trabajo, que de acuerdo al articulo 4 inciso “ d “ de la Decisión Nº 545, Instrumento Andino de Migración Laboral, que celebran de una parte la empresa ……………………. con Nº de RUC …………………………, con domicilio en ……………………………….., Provincia Lima, Departamento de Lima, cuya constitución obra debidamente inscrita en la partida Nº ………………….. del Registro de Personas Jurídicas de Lima y Callao, empresa dedicada a la actividad de ……………………….., habiendo dado inicio a su actividad empresarial el ………………………, debidamente representada por el Sr. y/o Sra. ……………………………., con Nº de DNI Nº……………………………, según poder inscrito en la Partida Nº …………… de los Registro Públicos de Lima y Callao, a quien en adelante se le denominara el EMPLEADOR y de la otra parte don …………………………………., identificado con Documento de identidad (Pasaporte y/o carné de extranjería) Nº ……………………, de nacionalidad ……………………., nacido el …………………………, en la ciudad de …………………………, de sexo …………………, de …… años de edad, estado civil ………………………, de profesión ..............……....., con domicilio en ……………………………………….., a quien en adelante se le denominará el TRABAJADOR, en los términos y condiciones siguientes:
PRIMERA: DEL EMPLEADOR
EL EMPLEADOR es una empresa dedicada a la actividad económica descrita en la introducción del presente documento y requiere los servicios de un TRABAJADOR, para que se haga cargo del puesto de ……………………., conforme a lo establecido por el artículo (………) del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728, y considerando que el TRABAJADOR manteniendo su domicilio habitual en un País Miembro de la Comunidad Andina, se traslada continuamente al ámbito laboral fronterizo laboral del Perú para cumplir su actividad laboral.
Queda entendido que el trabajador prestará servicios bajo la modalidad de trabajo establecido en el inciso “d” del artículo 4 de la Decisión Nº 545, “Trabajador Fronterizo”, los cuales se desarrollaran en …………………….……. del Distrito de (…………….……), Provincia (.………………) y Departamento de (………………)
SEGUNDA: DEL TRABAJADOR
Por el Presente contrato el TRABAJADOR se obliga a prestar sus servicios al EMPLEADOR para realizar las actividades de ………………………….., debiendo someterse al cumplimiento estricto de la labor, para lo cual ha sido contratado, bajo las directivas de la Junta General de Accionistas y del Directorio y de las que se imparten por las necesidades del servicio en ejercicio de las facultades de Administración y Dirección del EMPLEADOR, de conformidad con el Artículo 9 del Texto Único Ordenado de la Ley de Productividad y competitividad Laboral, D.S. Nº 003-97-TR., y declara estar calificado para el puesto ofrecido.
TERCERA: DE LOS SERVICIOS
Por medio del presente documento el EMPLEADOR contrata los servicios del TRABAJADOR que se llevara a cabo en el domicilio ………………………….., declarando por el presente que el domicilio del TRABAJADOR se encuentra en ………………..............
CUARTA: DE LA JORNADA
La jornada de trabajo será de ……………, teniendo en cuenta un máximo de 48 horas semanales, conforme a la normativa laboral peruana vigente.
QUINTA: DE LA REMUNERACION DEL TRABAJADOR
El EMPLEADOR se compromete a pagar al TRABAJADOR una remuneración mensual de …………, así como los beneficios que por Ley le corresponda.
SEXTA: DEL REGIMEN LABORAL
EL TRABAJADOR, se encuentra sujeto al Régimen Laboral ………………………. (General o Especial) de la actividad privada y le son aplicables los derechos y beneficios previstos en la misma.
SETIMA: DE LA MODALIDAD CONTRACTUAL
El presente contrato será ………… (indicar si es indefinido o a plazo fijo en este último caso indicar el periodo de contratación).
OCTAVA: INICIO DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
Para efectos del inicio de la prestación de servicios se deberá contar con la aprobación del contrato de trabajo a través de la emisión de la Constancia del Trabajador Migrante Andino y la obtención de la calidad migratoria habilitante otorgada esta última por la Dirección General de Migraciones del Ministerio del Interior.
NOVENA: DE LA BUENA FE LABORAL
El TRABAJADOR se obliga por su parte en forma expresa a poner al servicio del EMPLEADOR toda su capacidad y conocimientos.
DÉCIMA: DE LA TRIBUTACIÓN
En materia de obligaciones tributarias el TRABAJADOR queda claramente instruido que esta sujeto a la legislación peruana. En consecuencia, deberá cumplir con todas las obligaciones tributarias nacionales. El EMPLEADOR se compromete a efectuar las retenciones de ley que correspondan.
Suscrito y firmado en Lima, a los .……. del mes de ....................... del año ………….,
Se adjunta en 3 ejemplares el Contrato de un mismo tenor para constancia de las partes y de la autoridad de trabajo, a cuya aprobación será sometido.
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EMPLEADOR
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TRABAJADOR
ANEXO Nº 03:
Nº de Constancia: ………………….
Tipo de trabajador migrante andino: ……………………
CONSTANCIA DE TRABAJADOR MIGRANTE ANDINO
(DECISIÓN Nº 545)
Conste por el presente documento que el señor ………………………………. de nacionalidad ……………….. identificado con ……………………… Nº ………………………….., ostenta la condición de trabajador migrante andino, de conformidad con la Decisión Nº 545, y según contrato de trabajo presentado que en copia se adjunta a la presente.
Fecha de Expedición: ……………., de ………….. de 20………
Vigencia:………………….
“Esta Constancia es en base a la declaración jurada realizada en el “Sistema Virtual del Trabajador Migrante Andino - SIVITMA” por la empresa, la misma que se encuentra sujeta a una fiscalización posterior por parte de la Autoridad Administrativa de Trabajo. En caso, de comprobar fraude o falsedad en la declaración presentada por la empresa, la Autoridad Administrativa de Trabajo procederá a declarar nulo el registro Asimismo, si la conducta se adecua a los supuestos de delitos contra la fe pública del Código Penal, este será comunicada al Ministerio Público para que interponga la acción penal correspondiente, de conformidad con el Art. 32 de la Ley Nº 27444”
1. Del procedimiento informático para la implementación del “Sistema Virtual del Trabajador Migrante Andino”:
Ante la propuesta señalada en el numeral precedente, se solicito la participación de funcionarios de la Subdirección de Registros Ge-
nerales (actual unidad que tiene a cargo el RETMA), la Dirección de Prevención y Solución de Conflictos, la Oficina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, la Dirección de Migración Laboral, la Dirección General de Promoción del Empleo y el Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral.
Luego de dos reuniones de trabajo, realizadas los días 26 y 27 de octubre, mediante Acta de Trabajo Nº 079-2010-MTPE/4/13.2 (anexo del presente Informe), se acordó que la propuesta para implementar el “Sistema Virtual del Trabajador Migrante Andino”, comprendería los siguientes aspectos:
1. Para ingresar al sistema el empleador ingresará la clave sol, iniciándose el procedimiento.
2. Una vez iniciado el procedimiento el empleador ingresará los datos del trabajador migrante andino en el Formato que se adjunta al proyecto de Resolución Ministerial en calidad de Anexo 2.
3. Luego anexará los requisitos previamente escaneados, es decir: (i) Copia del contrato de trabajo y (ii) la Copia del pasaporte o Copia de la cédula de identificación.
4. Una vez grabado los datos, el sistema generará un correlativo que identificará el ingreso de la solicitud y enviará un correo electrónico como alerta de registro al responsable.
5. Culminado el procedimiento señalado en el numeral precedente, el empleador tendrá la opción de emisión de imprimir la Constancia de Trabajador Migrante Andino. En la citada Constancia, se le asignará un número correlativo, contará con el logo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y se le consignará la información contenida en el Formato 2 que se adjunta a la presente Acta. Asimismo se le incluirá el siguiente texto:
“Esta Constancia es en base a la declaración jurada realizada en el sistema virtual del RETMA por la empresa, la misma que se encuentra sujeta a una fiscalización posterior por parte de la Autoridad Administrativa de Trabajo. En caso, de comprobar fraude o falsedad en la declaración presentada por la empresa, la Autoridad Administrativa de Trabajo procederá a declarar nulo el registro. Asimismo, si la conducta se adecua a los supuestos de delitos contra la fe pública del Código Penal; este será comunicada al Ministerio Público para que interponga la acción penal correspondiente, de conformidad con el Art. 32 de la Ley Nº 27444”
2. De la Regulación del “Sistema Virtual del Trabajador Migrante Andino”
Por otro lado a fin de formalizar de manera institucional el “Sistema Virtual del Trabajador Migrante Andino”, se considero necesario elaborar un proyecto de Resolución Ministerial que modificara la regulación del actual “Registro del Trabajador Migrante Andino (RETMA)”, esto es:
(i) La Resolución Ministerial Nº 279-2004-TR del 31 de octubre de 2004, mediante la cual se dictan disposiciones para el cumplimiento de la Decisión 545, instrumento Andino de Migración Laboral, considerando que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo regula los procedimientos administrativos laborales, así como las funciones asignadas por Ley; y (ii) la Resolución Ministerial Nº 009-2006-TR del 12 de enero de 2006, mediante la cual se aprueba la Directiva Nacional “Instructivo para la aplicación de lo dispuesto en la R.M. Nº 279-2004-TR y la Decisión Nº 545, Instrumento Andino de Migración Laboral”3.
Sobre el particular, la propuesta normativa citada en el párrafo precedente, considera:
- La aprobación del procedimiento informático para la implementación del “Sistema Virtual del Trabajador Migrante Andino”.
- La modificación de la Resolución Ministerial Nº 279-2004-TR, en atención a las nuevas funciones asignadas a la Dirección de Migración Laboral de la Dirección General de Promoción del. Empleo, de conformidad con lo previsto en los incisos b) y n) del articulo 67 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2010-TR, del 21 de abril del 2010.
- Trasladar la carga de acreditar los requisitos para la emisión de la Constancia del Trabajador Migrante Andino al empresario, de manera tal que sea este actor quién asuma los costos de acceso al mercado de trabajo y a fin de evitar fraudes ante la existencia de solicitudes con requerimientos de empresas informales.
- Con la implementación del “Sistema Virtual del Trabajador Migrante Andino”, se asegurara que sean empresas formales (tributaria y laboralmente) las que contraten a los trabajadores migrantes andinos y que con la remisión de los Anexos Nº 01-A, 01-B, 01-C, 01-D, tanto el empresario como el trabajador migrante andino conocerán sin mayor duda alguna que la prestación del servicio: “se iniciara solo al día siguiente en que, se produzca la aprobación del contrato de trabajo a través de la emisión de la Constancia del Trabajador Migrante Andino y la obtención de la calidad migratoria habilitante”.
- Brindar un procedimiento automático y seguro para la emisión de la Constancia del Trabajador Migrante Andino,
- Un procedimiento que permite conocer la presencia de los 4 tipos de trabajadores migrantes andinos, en el mercado de trabajo peruano ( a) Trabajador con desplazamiento individual, b) Trabajador de Empresa, c) Trabajador de temporada y d) Trabajador Fronterizos3) a fin de implementar estrategias y acciones según sus necesidades y capacidades. Al respecto, es importante considerar que el “Sistema Virtual de Trabajador Migrante Andino” también beneficiará a nuestros connacionales, dado que esta propuesta podría ser replicada en los otros países miembros de la CAN.
- Un proceso que ahorra tiempo en el servicio prestando. Así tenemos que, en el procedimiento presencial del “Registro del Trabajador Migrante Andino (RETMA)”, se consideraba la presentación de requisitos con un plazo de hasta 5 días para emitir la emisión de la Constancia del Trabajador Migrante Andino, y ahora con el Sistema Virtual del Trabajador Migrante Andino” pasa a ser un procedimiento virtual que, cumpliendo con las previsiones de los procesos de aprobación automática y con el ingreso de datos respectivo, brinda de manera inmediata la “Constancia del Migrante Andino” a través de la página web del Sector.
- Al respecto, se precisa que la propuesta considera que, las Subdirecciones de Registros Generales u oficinas que hagan sus veces de las Direcciones Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo (en tanto se implemente las funciones asignadas de la Dirección de Migración Laboral en las Direcciones de Promoción del Empleo de las Direcciones Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo), orientan al usuario para que los documentos presentados reúnan los requisitos de Ley y realizan la fiscalización posterior.
- Se mantiene los criterios considerados en el numeral 6.8 de la Directiva aprobada por Resolución Ministerial Nº 009-2006-TR, respecto de la supervisión de la situación laboral del trabajador migrante andino, en lo referente a condiciones de trabajo y cumplimiento de normas laborales por parte de los empleadores, precisando las funciones de la Dirección de Migración Laboral (numerales 6.8 de la propuesta normativa)
- Atendiendo la problemática advertida en errores de presentación en los contratos de trabajo de los trabajadores migrantes andinos, se propone aprobar un Modelo de Contrato de Trabajo para el Trabajador Migrante Andino, por cada tipo de trabajador migrante andino ( a) Trabajador con desplazamiento individual, b) Trabajador de Empresa, c) Trabajador de temporada y d) Trabajador Fronterizo). Cabe precisar que esta iniciativa nació de la actual oficina encargada del RETMA (Sub Dirección de Registros Generales de la Dirección de Prevención y Solución de Conflictos de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Lima Metropolitana).
- Asimismo, se establece que la difusión y capacitación del “Sistema Virtual del Trabajador Migrante Andino” estará a cargo de la Dirección de Migración Laboral de la Dirección General de Promoción del Empleo”, a través del servicio de información y orientación del PERÚ INFOMIGRA, siendo que a nivel regional y local, la difusión y capacitación se realizará en coordinación con los gobiernos regionales y locales.
- Por otro lado, se considera una tarea de diagnóstico, evaluación y análisis de la presencia del trabajador migrante andino en el mercado de trabajo peruano, cuando en el numeral 6.8 se establecer que: “la Dirección de Migración Laboral de la Dirección General de Promoción del Empleo realizará las evaluaciones y análisis trimestrales respectivos sobre la presencia del trabajador migrante andino en el mercado de trabajo y el cumplimiento de sus derechos, reportando a la Dirección General de Promoción del Empleo”.
- Además, se prevé en el numeral 6.9 que: “La Dirección de Migración Laboral de la Dirección General de Promoción del Empleo para las funciones que le asigna la presente Directiva podrá utilizar herramientas y bases de datos del MTPE y de otras entidades nacionales o internacionales, de acuerdo a los convenios y acuerdos que se establezcan.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.