Ley que concede el derecho de licencia por paternidad a los trabajadores de la actividad pública y privada
SEGUNDA.-
Deróganse, modifícanse o déjanse sin efecto, según corresponda, las normas que se opongan a la presente Ley.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.