Ley de Zona Franca y Zona Comercial de Tacna
ARTÍCULO 29º.- CONTROL ADUANERO
El Comité de Administración o el Operador de la ZOFRATACNA deberán acondicionar un área física para las tareas de supervisión documentaría de los funcionarios de la Superintendencia Nacional de Aduanas.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.