Ley de Zona Franca y Zona Comercial de Tacna

ARTÍCULO 12º.- RESIDENCIAS PARTICULARES Y COMERCIO AL DETALLE

En el área correspondiente a la ZOFRATACNA no se permite el establecimiento de residencias particulares ni el ejercicio del comercio al por menor o al detalle, salvo el caso de vehículos usados.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.