Ley de Zona Franca y Zona Comercial de Tacna
ARTÍCULO 12º.- RESIDENCIAS PARTICULARES Y COMERCIO AL DETALLE
En el área correspondiente a la ZOFRATACNA no se permite el establecimiento de residencias particulares ni el ejercicio del comercio al por menor o al detalle, salvo el caso de vehículos usados.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.