Ley del Servicio Civil

ARTÍCULO 42º.- SOLICITUDES DE CAMBIO DE CONDICIONES DE TRABAJO O CONDICIONES DE EMPLEO

Los servidores civiles tienen derecho a solicitar la mejora de sus condiciones de trabajo o condiciones de empleo, de acuerdo con las posibilidades presupuestarias y de infraestructura de la entidad y la naturaleza de las funciones que en ella se cumplen.

Nota extraída del SPIJ. Extremo (compensaciones no económicas, incluyendo el cambio de) declarado inconstitucional por el Literal c) del Resolutivo 1 del Pleno Jurisdiccional del Tribunal Constitucional Expedientes 0025-2013-PI-TC; 0003-2014-PI- TC; 0008-2014-PI-TC; 0017-2014-PI-TC, decretado con vacatio sententiae (04.05.16).

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.