Ley del Servicio Civil

ARTÍCULO 28º.- COMPENSACIÓN

La compensación es el conjunto de ingresos y beneficios que la entidad destina al servidor civil para retribuir la prestación de sus servicios a la entidad de acuerdo al puesto que ocupa.

El objetivo de la compensación es captar, mantener y desarrollar un cuerpo de servidores efectivo que contribuya con el cumplimiento de los objetivos institucionales.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.