Ley de Productividad y Competitividad Laboral

CONTRATOS DE TRABAJO DEL RÉGIMEN DE EXPORTACIÓN DE PRODUCTOS NO TRADICIONALES
ARTÍCULO 80º.-

Los contratos de trabajo del régimen de exportación de productos no tradicionales a que se refiere el Decreto Ley N.° 22342 se regulan por sus propias normas. Sin embargo, le son aplicables las normas establecidas en esa Ley sobre aprobación de los contratos.

Basta que la industria se encuentre comprendida en el Decreto Ley N.° 22342 para que proceda la contratación del personal bajo el citado régimen.

Concordancias

D.L. N.° 22342 (21.11.78): Art. 32°, 33° y 34°.

D.S. N.° 001-79-ICTI-CO-CE - Reglamento del D.L. 22342 (09.01.79), Art. 73°, 74°, 75° y 76°

TUPA MTPE: R.M. N.° 317-2018-TR (19.12.18)Trámite Nº 39.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.