Ley Procesal del Trabajo

ARTÍCULO 63º.- SEÑALAMIENTO DE FECHA PARA AUDIENCIA

Contestada la demanda, el juez notifica la misma al demandante concediéndole un plazo de 3 días para la absolución escrita de las excepciones y cuestiones probatorias propuestas por el demandado, quien absolverá las cuestiones probatorias propuestas contra sus pruebas en la audiencia única. En la misma resolución señala día y hora para dicha diligencia, la que debe realizarse dentro de un plazo máximo de quince (15) días.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.