Ley de Prestaciones Alimentarias en Beneficio de los Trabajadores sujetos al Régimen Laboral de la Actividad Privada

Tercera.- Órgano Competente

Los conflictos derivados de la aplicación de la presente Ley serán resueltos en vía administrativa por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.