Ley sobre Modalidades Formativas Laborales
ARTÍCULO 31º.- CONVENIO DE ACTUALIZACIÓN PARA LA REINSERCIÓN LABORAL
Por el Convenio de Actualización para la Reinserción Laboral, la empresa se obliga a brindar facilidades al adulto para que realice su actualización práctica, durante el tiempo que dure el convenio, mediante la ejecución de tareas productivas correspondientes a un Plan de Entrenamiento y Actualización, previamente definido por la empresa y el beneficiario.
La empresa tiene la responsabilidad de planificar y diseñar los programas, así como, de dirigir, administrar, evaluar y certificar las actividades formativas, asumiendo la empresa los costos que demande el Plan de Entrenamiento y Actualización.
El beneficiario se obliga a cumplir las tareas productivas de la empresa, conforme a la reglamentación y normatividad de ésta.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.